Boletín Proyecto de Ley de Pesca Recreativa en Chile
Mayo 2006

Por medio de Lautaro Maldonado, de la Corporación Nuevo Caudal, llegó un nuevo boletín relacionado con el proyecto de Pesca Recreativa en Chile, que se está tramitando en el Congreso. El boletín viene precedido por el siguiente comunicado de prensa, que copiamos textualmente.

Editores RiosySenderos.com


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Nº 3.424-21

Santiago, 02 de Mayo del 2006

A : H.S. Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos
Attn. : Su Presidente, Sr. Jorge Arancibia
Ref. : Proyecto Ley de Pesca Recreativa

Honorables Senadores:

La Subsecretaría de Pesca presentó un proyecto de Ley de Pesca Recreativa en el 2002. Hasta esta fecha, para su elaboración se realizaron reuniones y encuentros con clubes de pesca, representantes de organizaciones de guías, boteros, alcaldes y una amplia gama de personas que trabajan o se recrean comúnmente mediante la pesca recreativa.

Dada la premisa establecida por el Gobierno, respecto de la inexistencia de presupuesto para asignar mayor cantidad de recursos al desarrollo de esta actividad desde el punto de vista social y económico, y concientes de que el anhelado mejoramiento pasa por disponer de recursos para el estudio, ordenamiento y mayor fiscalización; luego de varias reuniones de debate y negociación se llegó a la solución de establecer el concepto de “Áreas Preferenciales de Pesca Recreativa”.

El proyecto fue analizado durante más de un año por la Comisión de Pesca de la Cámara baja período en el cual se realizaron discusiones y audiencias principalmente enfocadas en torno a las “Áreas Preferenciales” (AP) y su forma de administración. Estas áreas consisten en tramos de ríos o lagos en los cuales se puede restringir el número de pescadores por día y cobrar por su acceso, con el objetivo de mejorar la calidad de la pesca y ordenar una actividad hasta ahora informal. Debido a los múltiples intereses involucrados se generó una larga discusión, la que finalmente se solucionó mediante la firma de un acuerdo entre el Ministro de Economía, el Subsecretario de Pesca y los representantes de los pescadores representados por el “Comité de Defensa de la Pesca Recreativa de Chile”.

A diferencia, por ejemplo, el caso de Argentina, país que ostenta un buen desarrollo social y económico asociado a esta disciplina; hemos comprobado que el Estado asigna una partida presupuestaria para el desarrollo y fiscalización de la pesca deportiva, proveniente de las patentes de pesca industrial. En este caso, los gobiernos regionales de la Patagonia se han puesto de acuerdo para elaborar y aplicar un reglamento conjunto financiado mediante este mecanismo. Es así como en reiteradas ocasiones hemos sido testigos de interesantes proyectos de desarrollo, repoblamiento y la existencia de un cuerpo de inspectores suficiente con los recursos apropiados. Hoy, el desarrollo del turismo de calidad ligado a la actividad de pesca deportiva existente en la Patagonia Argentina es sorprendente. Vale decir, el Estado ha generado una base que propicia un progreso económico y social relevante, incorporando en el modelo a las comunidades locales, lo que indica una buena distribución del ingreso ligado al turismo.

Insistimos en el caso chileno, en que existen recursos potenciales y que deben ser adecuadamente canalizados rompiendo el paradigma existente; materia no del todo cubierta por el proyecto de ley. (Ver artículos “No hay Plata para Fiscalizar”, “Turismo y Desempleo, Fallas Estructurales - Una Breve Reflexión” y “Turismo y Una Nueva Ley de Pesca Recreativa”).

Volviendo a nuestro proyecto de ley, el acuerdo contraído se materializó en la presentación de indicaciones al proyecto, las cuales fueron en gran parte acogidas por la Comisión de Pesca y posteriormente en sala por la Cámara de Diputados en el segundo semestre de 2005. Las indicaciones introdujeron cambios positivos al proyecto tales como suprimir la entrega de derechos sobre los recursos de pesca y aguas a privados que se adjudiquen la administración de Áreas Preferenciales. A cambio de ello se propuso que la administración y fiscalización quedaría preferencialmente en manos de las respectivas Municipalidades, permitiendo también la participación de privados mediante licitación en la administración, o de algunos servicios contenidos en esta administración. Uno de los principales criterios de adjudicación acordados es el mínimo costo de acceso para el pescador nacional o extranjero residente.

Otras partes del acuerdo consideran reservar para la Municipalidad, en las bases de las licitaciones, el derecho a establecer un precio máximo al acceso de pescadores. También se acordaron medidas antimonopolio, oferta pública obligatoria a los permisos de pesca en Áreas Preferenciales y un porcentaje de zonas libres de cobro al interior de ellas, un aumento en la extensión de las Áreas Preferenciales y se clarificó la extensión, elaboración y contenidos del Plan de Manejo obligatorio para las Áreas Preferenciales. El acuerdo también señaló que los ingresos que se percibieran en las Áreas Preferenciales se destinarían a investigación en aguas continentales, destinados a la pesca recreativa y se simplificó su creación al interior de zonas protegidas por el Estado, señalando que los ingresos por concepto de la venta de permisos especiales, quedarán en la misma área.

Los acuerdos arriba mencionados son sólo algunos de los realizados con los representantes de los pescadores y fueron íntegramente acogidos como indicaciones al proyecto original. Sin embargo, la aprobación del proyecto por parte de la Cámara Baja incluyó una modificación al texto acordado con los usuarios, en el sentido de restringirle la posibilidad a las Municipalidades de administrar las Áreas Preferenciales que se encuentren en sus comunas, dejando con carácter de obligatoria la licitación de la administración a privados, aspecto que no guarda sentido para nuestros representados considerando que existen muchos municipios con la capacidad de abordar la administración. Más aún este aspecto guarda especial atención en zonas donde existe alta demanda por accesos, por ejemplo la zona de Coyhaique, donde un estamento público sería garante de aplicar la ley con justicia y equidad para los diversos operadores y usuarios.

En este sentido, se sugiere a los Senadores señalar el carácter facultativo y no obligatorio en la licitación de la administración de Áreas Preferenciales.

Otros aspectos que consideramos revisar con alta prioridad son:

  1. Fortalecimiento de los Consejos Regionales de Pesca Recreativa, agregando dentro de sus funciones: 1) La consulta resolutiva previa al decreto de Áreas Preferenciales; 2) Control y seguimiento de la administración de Áreas Preferenciales en cuanto a la coordinación de accesos para los usuarios y operadores.
  2. Tipificación de infracciones y endurecimiento de sanciones. A nuestro juicio, este tema no ha sido cubierto suficientemente bien. Consideramos que mientras no se mejore este aspecto continuará la histórica depredación del recurso y todo el esfuerzo realizado no servirá mucho, o más bien, nada. Al respecto, hemos entregado nuestra propuesta al Ejecutivo y al Parlamento, propuesta que no integra el acuerdo previamente señalado. Esperamos que esta H. Comisión lo tome en cuenta. Esta propuesta nace de nuestros abogados, pescadores por cierto, tomando como base la actual legislación; reglamentos internacionales de Argentina, Nueva Zelanda y Montana; y la actual legislación de Cacería vigente en Chile.
  3. Por último, respecto de la Institucionalidad y guardando los principios de eficacia y eficiencia, sometemos a vuestro juicio una propuesta realizada por el Sr. Adrián Duflocq, gran pescador y operador turístico, que naciera en una reunión con la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados: Entregar la fiscalización de la pesca recreativa en aguas terrestres al Servicio Agrícola y Ganadero, debido a varias razones lógicas:
    1. Logística y Costos: La fuerza fiscalizadora del SAG está presente en aguas continentales terrestres a diferencia del Sernap que está presente casi en su totalidad en la costa.
    2. Estacionalidad: En invierno el SAG fiscaliza la caza, entre otras actividades, y es precisamente en esta época en que existe veda de salmonídeos y se requiere mayor fiscalización.
    3. Historia: Es reconocido entre el mundo de los pescadores deportivos, que antiguamente cuando la fiscalización dependía del SAG, se fiscalizaba con mayor intensidad que en la actualidad.
    4. Orientación: Sabemos que la orientación del Sernap la constituyen hoy la pesca artesanal, industrial y la acuicultura; todos sectores con mucho crecimiento y regulaciones que demandan muchas horas hombre de este servicio.

Finalmente, hacemos un llamado a respetar la voluntad del acuerdo con usuarios y pescadores, tomando en cuenta además lo vertido en esta exposición, a objeto de asegurar un ordenamiento del sector que permita pesca de calidad a precios razonables.

Haciendo votos por la aprobación de una ley en beneficio de todos los chilenos, saluda atentamente a Uds.,

COMITÉ DE DEFENSA DE LA PESCA RECREATIVA DE CHILE

- Jacqueline Romero, Agrupación de Boteros de Pitrufquén - Arturo Medina, Federación de Pesca y Caza de Chile - Pablo Negri, Asociación de Guías de Pesca con Mosca de Chile - Julio Meier, Cámara de Turismo de Coyhaique - Gastón Urrejola, Comité de Operadores de Pesca Recreativa, Coyhaique - Mario Alarcón, Rodolfo Gutiérrez, Comité de Defensa de la Pesca Recreativa de Pucón - Maurizio Cristino, Lautaro Maldonado, Corporación NuevoCaudal

En representación de: Ilustre Municipalidad de Pucón; Cámara de Turismo de la Región de Aysén A.G.; Cámara de Comercio de Pucón; Cámara de Turismo de Pucón; Cámara de Turismo de Los Andes; Federación de Pesca y Caza de Chile; Corporación NuevoCaudal; Comité de Operadores de Pesca Recreativa de Coyhaique; Asociación de Guías de Pesca con Mosca de Chile A.G.; Agrupación de Pesca Deportiva de Pitrufquén "River Toltén"; Comité de Defensa y Promoción de la Pesca Recreativa de Pucón; Asociación de Desarrollo de Turismo Rural de Alto Palena; Asociación de Caza y Pesca Atacama; Asociación de Caza y Pesca Aconcagua; Asociación de Caza y Pesca La Serena; Asociación de Caza, Pesca y Lanzamiento Los Andes; Asociación de Caza, Pesca y Lanzamiento Quillota; Asociación de Caza, Pesca y Lanzamiento Valparaíso; Asociación de Caza y Pesca Viña del Mar; Asociación de Pesca, Caza y Lanzamiento Cartagena; Asociación de Caza y Pesca San Antonio; Asociación de Caza, Pesca y Lanzamiento Melipilla; Asociación de Caza y Pesca Independencia Norte; Asociación de Caza, Pesca y Lanzamiento Santiago; Asociación de Caza y Pesca Cachapoal; Asociación de Caza y Pesca Colchagua; Asociación de Caza y Pesca Talca; Asociación de Caza y Pesca Linares; Asociación de Caza y Pesca Parral; Asociación de Caza y Pesca Ñuble; Asociación de Caza y Pesca Concepción; Asociación de Caza y Pesca Angol; Asociación de Caza y Pesca Victoria; Asociación de Caza y Pesca Constitución; Parque Ecológico San Francisco de los Andes; Heart of Patagonia Lodge; Ríos Austral Outfitters, Club de Pesca y Caza de Lican Ray; Club de Pesca Ríos del Sur de Valdivia; Club de Pesca y Caza de Los Lagos; Club de Pesca Reloncaví de Puerto Montt; Club de Pesca de Chonchi; Club de Pesca y Caza Coyhaique; Club de Pesca y Caza "Los Terribles"; Patagonia FlyFishing Club; Gremio de Boteros de Villarrica; Gremio de Boteros de Pucón; Agrupación de Boteros del Río San Pedro; Revista Cazar y Pescar; Sr. Sergio Basulto; Sr. Jorge Barrientos; Sr. Adrián Duflocq.

Ver Boletín Nº 3.424-21


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