Ley de Pesca Recreativa en Chile
Propuesta de Junio/Julio 2002


TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

TITULO II CONDICIONES GENERALES PARA EL EJERCICIO DE LA PESCA RECREATIVA

TITULO III DE LAS MEDIDAS GENERALES DE ADMINISTRACION

TITULO IV DE LAS AREAS REGULADAS ESPECIALMENTE

Párrafo 1º: De las áreas preferenciales

Párrafo 2º: De las concesiones para la pesca recreativa

Párrafo 3º: De los cotos de pesca

TITULO V DE LA PESCA RECREATIVA EN AGUAS PROTEGIDAS

TITULO VI DE LOS GUIAS DE PESCA

TITULO VII DE LA EDUCACION Y FOMENTO

TITULO VIII DE LA FISCALIZACION, INFRACCIONES Y SANCIONES

DISPOSICIONES VARIAS


DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 51.- Derógase los artículos 103 a 106 y 121 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Artículo 52.- Sustitúyase en el artículo 1º de la Ley General de Pesca y Acuicultura, la coma después de la palabra “acuicultura” por “y”, y elimínase las palabras “y deportiva”.

Comentarios finales de NuevoCaudal:

Para que la regulación de la pesca recreativa traiga consigo el desarrollo social y económico deseado por los actores involucrados, será necesario destinar gran cantidad de recursos para la implementación de planes de recuperación de aguas otrora limpias y productivas, así como también para diseñar y ejecutar programas de educación y difusión en torno a esta actividad y a los conceptos de sustentabilidad y preocupación por el medioambiente.

Estas son tareas que bien podrían ser asumidas por organizaciones no gubernamentales y sin fines de lucro, tal como ocurre en otros países. Así, en los Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y Nueva Zelanda, sólo por citar tres de los principales destinos de pesca a nivel internacional, existen organizaciones como Trout Unlimited (www.tu.org) que se ocupan de reunir fondos de particulares y captar y organizar el trabajo de voluntarios para ejecutar programas como los antes señalados. La labor de esta organización, así como de muchas otras existentes, no sólo ha producido innumerables beneficios para las personas y los recursos asociados a esta actividad, sino que además ha permitido al Estado descansar, en parte, en la labor desarrollada por los privados, permitiendo a éste destinar esfuerzos y recursos económicos a otras actividades.

Sin embargo, uno de los requisitos fundamentales para que dicho esquema funcione, es la posibilidad que tienen estas organizaciones de recibir donaciones en dinero, con las que financian gran parte de sus actividades, en tanto que el incentivo para el donante está dado por los beneficios tributarios que obtiene por el hecho de efectuar dicha donación. Una nueva ley de pesca recreativa, moderna y ambiciosa como la que se está gestando, requiere también de innovación e instrumentos acordes a ello, para facilitar el logro de los objetivos perseguidos.

Es así como estimamos indispensable que se legisle en esta materia, estableciendo beneficios de orden tributario a quienes efectúen donaciones a organizaciones privadas, sin fines de lucro y legalmente establecidas, que tengan por finalidad propender en nuestro país al desarrollo de la pesca recreativa, el mejoramiento del medioambiente y la educación y formación de personas, poniendo el acento en los niños y jóvenes.

Compilación preparada y revisada por:                
Carlos Correa y Rodrigo Sandoval
Staff RiosySenderos.com
staff@riosysenderos.com
Julio 2002


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